Creativos haciendo industria, una mirada a las políticas públicas

Master en Diseño de Experiencia de Usuario
Especialista en Docencia Universitaria
Diseñador Industrial
Docente investigador del Centro de Investigaciones de la Corporación Universitaria Taller 5 Centro de Diseño
Docente cátedra en los programas Diseño de Interiores, Diseño Gráfico y Alta Costura, de la Corporación Universitaria Taller 5, Centro de Diseño

Resumen

La Ley 1834 del 23 de mayo de 2017, que fomenta la economía creativa, motivó el análisis de políticas públicas que afectan el ejercicio de las profesiones relacionadas con creatividad e innovación y que generan protección de derechos de autor. Estas industrias aportan a la creación de cultura y conocimiento, además de incidir en la producción del producto interno bruto. El mapeo documental se enfocó en políticas públicas colombianas que afectaran el ejercicio de profesiones relacionadas con la creatividad y afines a las que oferta la Corporación Universitaria Taller Cinco: Fotografía para Medios, Producción de Televisión, los diseños: Gráfico, de Alta Costura, de Interiores y Textil. Este mapeo evidencia que ya existe una base jurídica para ser usada por los profesionales del campo de la creatividad y la innovación, lo que permite tener un marco para generar relacionamiento con los entes gubernamentales encargados de brindar las garantías y así consolidar una economía relacionada con la creatividad.  Se reconoce en los documentos Conpes analizados, que hay avances en la materia, pero es incipiente el desarrollo de estas políticas, al no estar implementadas ni apropiadas por la mayoría de afectados, entre ellos la academia, quien debería promover sinergias que muevan la innovación del país.

Es deber de los profesionales de estas áreas informarse de las posibilidades que, desde el estado pueden tener para vincularse en proyectos, reconociendo que este es un mecanismo que permite validar la necesidad e importancia de estas profesiones, para el desarrollo de cualquier país. Los casos de éxito impulsados gubernamentalmente, evidencian una baja inserción del sector académico, siendo este uno de los ejes que puede aportar desde la formación, la circulación, la articulación, la investigación y la generación de proyectos transversales, para fortalecer emprendimientos e industrias culturales en Colombia.

Introducción

En la actualidad, como sucede con la mayoría de las profesiones, los cambios de las dinámicas sociales, económicas, culturales y ambientales, han hecho que la manera de ejercer demande diversos conocimientos aplicables a los nuevos entornos laborales.  Un factor que ahora afecta directamente a las profesiones relacionadas con la creatividad en el territorio colombiano, está dado en el campo político, que ha promulgado la muy reciente Ley 1834 del 23 de mayo de 2017, por medio de la cual se fomenta la economía creativa, denominada en otros escenarios “economía naranja”.  

Este acto legislativo histórico, afecta directamente a las profesiones cuyo enfoque este dirigido al diseño, las artes, lo audiovisual, la comunicación, lo cultural, e incluso podría extenderse a cualquier sector en donde exista la innovación.  Es trascendental, no solo porque genera un marco de referencia institucional a nivel país para las industrias que se valen de la creatividad como herramienta generadora de valor, sino que pone en evidencia el desconocimiento que se tiene de esta y otras políticas, en los ámbitos académicos y profesionales. Cuando los involucrados en estas áreas disciplinares no conocen las leyes que los enmarcan, los amparan y los benefician, se quedan al margen de la posibilidad de posicionarse como sectores emergentes que aportan a los nuevos focos de desarrollo que le interesan a la nación y se distancian del aparato productivo que quiere jalonar la economía desde la innovación, esa que tanto reclaman los contextos locales, nacionales e internacionales.

Es por ello que el presente artículo pretende realizar un análisis de las políticas públicas que afectan el ejercicio de las profesiones relacionadas con la creatividad e innovación y que generan protección de derechos de autor, en el territorio colombiano. Para ello, se hará una revisión documental de las leyes, documentos de política económica y social, guías sectoriales y demás documentos que están relacionados con las profesiones de la creatividad.  También se establecerán algunas definiciones importantes que están incluidas en los documentos oficiales y que a su vez permiten enmarcar algunos conceptos distintivos de estas profesiones que se relacionan con la creatividad y, por último, se presentarán de manera informativa y muy amplia, las formas cómo se podrían empezar a relacionar estas normativas en el ejercicio de las carreras relacionadas con la creatividad.

Antecedentes

Aunque las industrias creativas existen desde hace muchas décadas, a nivel mundial es un concepto relativamente reciente y mucho más, para el contexto de Latinoamérica.  Es así como John Howkins (2001) en su libro “The Creative Economy: How People Make Money From Ideas” resalta la relación entre la creatividad y la economía, acuñando así, el termino de economía creativa.

También cabe resaltar la propia definición de industria creativa que hace Howkins en la entrevista realizada por Donna Ghelfi (2001)¹   “…es una economía en la que las ideas son los principales aportes y los principales resultados. Diría también que es una economía en la que la gente dedica la mayor parte de su tiempo a generar ideas.”

En la misma entrevista, el propio autor prefiere no hacer una diferencia entre los sectores susceptibles de ser enmarcados dentro de las industrias creativas, ya que considera que la creatividad puede aparecer en cualquier sector, aunque se incluyen: la publicidad, la arquitectura, las artes, la artesanía, el diseño, la moda, la edición, la cinematografía y el video, la televisión y la radio, los programas informáticos interactivos de ocio, la música, las artes de interpretación y ejecución, la fotografía, los servicios informáticos, etc. Los anteriores sectores tienen un elevado componente artístico, aunque esto no excluye a los sectores científicos o aquellos no relacionados con las artes.

Los grandes aportes de este tipo de industrias se concentran principalmente alrededor de la creación de la cultura y del conocimiento, por medio de la participación de una variedad de profesiones y usos formales e informales del diseño, el arte, el entretenimiento, la educación, las telecomunicaciones, la tecnología y muchas otras nuevas áreas emergentes del conocimiento.

Otro factor que le está dando gran visibilidad a estas industrias creativas, es su demostrada capacidad exponencial para, cada vez más, aportar a la producción del producto interno bruto de las ciudades y las naciones, por ello desde las organizaciones públicas y privadas se le da cada vez más importancia al desarrollo de esta variante de la economía.

Relevancia del estudio

La relevancia inicial de esta revisión es de tipo informativo para estudiantes, docentes y administrativos de la academia y la industria, quienes al estar incluidos en los sectores de los que tratan estas regulaciones, puedan tener un punto de partida para acercarse a las legislaciones, haciendo las aproximaciones necesarias para que lo ya escrito no se quede en el papel y por medio de las acciones, se convierta en el potencializador y medio de visibilización social de estas profesiones.

Por ello, esta información es relevante para aquellos que se identifiquen en alguno de los siguientes casos, cuando:

  • Se trabaja en alguno de los sectores que están mencionados en los documentos de las políticas y se tiene relación con este tipo de economía (creativa).
  • Se trabaja con un intangible llamado generación de ideas, las cuales crean valor de propiedad intelectual (códigos, software, aplicaciones, etc.) u objetos físicos de gran valor unitario (diseños, piezas gráficas y visuales, audiovisuales, etc.).
  • No se obtienen los reconocimientos legales o económicos, aun cuando esta forma de crear hace parte del habitual desarrollo profesional.

El artículo también pretende, a través del análisis de ciertos documentos oficiales, permitirle al lector comprender la situación de los creativos como generadores de este tipo de industria particular, que está asociada a la generación de valor, ligada a procesos creativos que son susceptibles de ser protegidos por el derecho de autor y que se inclinan a lograr resultados innovadores.

A la vez, se exponen ciertas definiciones de términos que, en el ámbito académico, generan grandes discusiones teóricas, pero, que al estar plasmadas en un escrito gubernamental, podrían empezar a usarse como parámetro de referencia, lo que ayudaría a zanjar grandes discrepancias conceptuales que en ocasiones no permiten llegar a la innovación, en las disciplinas asociadas al diseño, las artes y la comunicación.

Estado del arte

La aprobación de la ley 1834 por medio de la cual se fomenta la economía creativa, aunque de por sí es un hito en Colombia, frente a la legislación que ampara a las profesiones relacionadas con el diseño y la creatividad, a su vez está relacionada y se debe comprender junto con otra serie de regulaciones de diferentes instituciones gubernamentales, que han sido publicadas previamente y que ayudan a crear un marco legislativo básico, que todo creativo debería conocer, para poder abordar estos aspectos normativos, apropiándose de ellos para hacer un uso efectivo de los mismos.

La primera alusión sobre la importancia de las carreras relacionadas con la creatividad está en la propia Constitución Política de Colombia (2017), en el capítulo 2 de los Derechos sociales, económicos y culturales, en el artículo 70, en donde se establece la importancia del fomento a la una educación técnica y artística, entre otras, como un factor para la creación de identidad nacional.  Estos dos ingredientes, técnica y arte, ya fueron anteriormente mencionados como medios para lograr generar ideas y objetos de valor unitario, que pueden llegar a ser protegidos por los derechos de autor y la propiedad intelectual, pero además se alude al fomento de la educación científica que sin estar relacionada con el arte, también es gran fuente generadora de la innovación.

En el artículo 71, también se hace una importante declaración relacionada con el propio desarrollo de las disciplinas relacionadas con la creatividad. “La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres”

El complemento de estos artículos se relaciona con los incentivos para las personas que desarrollen estos aspectos, lo cual implica que, desde la Carta Magna, ya existe un reconocimiento relacionado con el quehacer de las disciplinas de la creatividad y es por ello que pueden existir las demás regulaciones que se mencionarán en el presente artículo.

Cuando un profesional, en su búsqueda de conocimiento o expresión creativa, logra dar con una idea fuera de serie, la propiedad intelectual le permite protegerse y generar ganancias económicas con la misma.  Al respecto, en 2008 se establece un plan para generar un sistema de propiedad intelectual y competitividad en Colombia, el cual se consiga en el Conpes 3533 (2008).  

Este documento tiene como objeto estimular la creación y la producción intelectual, algo que desde la academia, en las profesiones relacionadas con la creatividad, se hace durante todo el recorrido universitario del estudiante, aunque este enfoque también merece ser revisado para actualizarlo frente a las realidades y necesidades de desarrollo de los contextos.  

Lo que es muy importante tener en mente es que el uso de este conocimiento deberá atender a unos fines económicos, sociales y a las necesidades del país y sus regiones, así como a las posibilidades de insertar sus logros en mercados nacionales e internacionales, los cuales deben contar con las garantías de protección que debe brindar el Sistema Nacional de Propiedad Intelectual.

La creatividad es una condición innata en los seres humanos y sucede en todos los ámbitos de la vida diaria, así como debe estar presente de manera reiterada en la cotidianidad laboral de un creativo.  Cuando surge una idea extraordinaria y esta tiene la posibilidad de insertarse en una dinámica del mercado, se empieza a hablar en términos de innovación y aunque, al ser una expresión ampliamente usada sin mucho rigor, se desdibuja la trascendencia competitiva que implica ser más innovadores y el término genera algunas confusiones, incluso en los propios creativos.

A nivel mundial ya existen algunos consensos relacionados con las definiciones acerca de la innovación y esto es recogido en el Conpes 3582 (2009), en donde se establece una Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, dando pasos para desambiguar y establecer cuáles son las verdaderas características de la innovación, lo cual en desde el estado colombiano y a nivel mundial, es visto como una fuente de desarrollo y crecimiento económico.  

 

Una gran conclusión inicial de esta política es que, en Colombia tenemos una baja capacidad de generar y usar el conocimiento, así mismo se plantea como el mayor reto, poder:

“Identificar, producir, difundir, usar e integrar el conocimiento para apoyar la transformación productiva y social del país”.

En este documento se usa la definición del Manual de Oslo (OCDE, 2006) y se define a la innovación como:

“Introducción de un nuevo, o significativamente mejorado, producto (bien o servicio), de un proceso, de un nuevo método de comercialización o de un nuevo método organizativo, en las prácticas internas de la empresa, la organización del lugar del trabajo o las relaciones exteriores”

Esta definición resalta que, a diferencia de una invención, la introducción en el mercado es lo que realmente distingue a una innovación y por ello, el interés de la política en promover la innovación para modificar la competitividad del país.

Si bien en este documento se identifican seis problemas que no permiten el fortalecimiento de nuestro país, es importante saber que el contexto académico tiene una cuota de responsabilidad en ello, al no generar alianzas fuertes con el estado y el sector empresarial, lo cual ha demostrado grandes beneficios en otros contextos, donde los centros universitarios son grandes generadores de innovación, que posteriormente es transmitida  a la sociedad, ya sea como avances en el campo productivo o como difusión social del conocimiento.

Teniendo una aproximación consensuada frente a los conceptos de innovación y propiedad intelectual, es importante ponerlos en contexto frente a su aplicación a nivel de creación de industria y particularmente en aquellas relacionadas desde su quehacer con la cultura, por la afinidad que se puede encontrar con el tipo de conocimiento que generan las profesiones asociadas a la creatividad.

Para comprender este marco y su importancia, existe el Conpes 3659 (2010), que regula la Política Nacional para la Promoción de las Industrias Culturales en Colombia, en donde se evidencia la doble importancia de este tipo de industrias, que también cobijan a las industrias creativas, las cuales hoy en día están dentro de las mayores generadoras de innovación, creando altos impactos económicos y a su vez, también aportan a la construcción de capital humano y en algunos casos, de la propia construcción de la identidad, (la cual ya fue mencionada en los artículos 70 y 71 de la Constitución Política Nacional) sin importar si es a nivel local o nacional.

El gobierno nacional tiene gran interés en desarrollar esta política ya que su objetivo central es:

“…aprovechar el potencial competitivo de las industrias culturales, aumentar su participación en la generación del ingreso y el empleo nacionales, y alcanzar elevados niveles de productividad.”

Y solo como preámbulo para llegar a la Ley 1834 que fomenta las industrias creativas, sería importante reflexionar acerca de las ganancias económicas y socioculturales que dejan en Bogotá, eventos como Rock al Parque y los demás eventos al parque (salsa, jazz, hip hop, opera), la Feria Internacional del Libro de Bogotá, el Festival Iberoamericano de Teatro, el Festival de Cine de Bogotá, Expo Artesanías y otros eventos de diversa envergadura, solo por mencionar el contexto de la capital. Al parecer, el recorrido cronológico por estas políticas públicas ha sido a la inversa, pero este fue el camino que se escribió para llegar a la Ley 1834 (2017) y los documentos previamente referenciados, aunque son anteriores en el tiempo, constituyen el marco conceptual de la misma y permiten comprender la trascendencia y potencial que puede llegar a tener para los creativos y sus iniciativas de formar industria en este campo.

El objeto de esta ley, como queda expresado en sus dos primeros artículos es:

“…desarrollar, fomentar, incentivar y proteger las industrias creativas… que generan valor en razón de sus bienes y servicios… que comprenden sectores que conjugan creación, producción y comercialización de bienes y servicios basados en contenidos intangibles de carácter cultural y/o aquellas que generan protección en el marco de derechos de autor”

Además, la ley presenta un listado genérico no excluyente de sectores que hacen parte de estas industrias y que aquí se reproducen como una guía, para evidenciar que realmente esta ley está hecha para los creativos:

  • Sectores editoriales
  • Audiovisuales
  • Fonográficos
  • Artes visuales
  • Artes escénicas y espectáculos
  • Turismo y patrimonio cultural material e inmaterial
  • Educación artística y cultural
  • Diseño
  • Publicidad
  • Contenidos multimedia
  • Software de contenido y servicios audiovisuales interactivos
  • Moda
  • Agencias de noticias y servicios de información
  • Educación creativa

Es así como la aprobación de esta ley se convierte en una oportunidad única para que los creativos le aporten de una manera más decidida al progreso económico del país, aprovechen los incentivos, la financiación, la promoción y el fomento que el gobierno debe procurar para que esta iniciativa de desarrollo económico y cultural se convierta en una fuente real de desarrollo.

También, es deber de los creativos empezar a tocar las puertas de los organismos gubernamentales, para hacer valer los derechos adquiridos tras la publicación de estas políticas, generando las sinergias necesarias para que su visibilización se establezca mediante la implementación de sus ideas, como motor del desarrollo económico, mediante el valor de la creatividad como fuente de progreso de la nación.

Metodología

Se realizó un mapeo documental enfocado en aquellas políticas públicas colombianas que afectaran directamente el ejercicio de las profesiones relacionadas con la creatividad, entre las que se pudieran enmarcar principalmente aquellas que se relacionan con las carreras que se ofrecen en la Corporación Universitaria Taller Cinco Centro de Diseño: Diseño Gráfico, Diseño de Alta Costura, Diseño de Interiores, Fotografía para Medios, Producción de Televisión y Diseño Textil para la Industria.  Aunque esto no excluye a otras carreras de gran tradición en el campo de la creatividad como el Diseño Industrial, la Publicidad y las relacionadas con la comunicación audiovisual.

En el mapeo se incluyen solo las leyes que están actualmente vigentes y no se tienen en cuenta las anteriores que han sido derogadas o reemplazadas ya que, a nivel jurídico o legal ya no tienen vigencia.

Resultados

El camino hacia la formalización de una política relacionada con la creatividad a nivel de industria ha sido largo y aunque aquí se toma la Constitución Política de Colombia como el gran hito para iniciar el proceso, lo cierto es que esto se viene gestando desde mucho antes, pero se reconocen 26 largos años para dar inicio a las políticas públicas que reconocen la importancia del diseño y la creatividad como un eje importante en la construcción del desarrollo de Colombia.

Ya existe en Colombia una base jurídica que puede ser usada por los profesionales relacionados con el campo de la creatividad, la innovación y la cultura, lo que les permite tener un marco de referencia para generar un relacionamiento con los entes gubernamentales que estarán encargados de brindar las garantías para que la creación y el valor que estas iniciativas generen y se pueda consolidar una rama de la economía relacionada con la creatividad.

También existen algunos casos de éxito desarrollados por el Ministerio de Cultura, encabezado por el Grupo de Emprendimiento Cultural o en proyectos transversales junto con otras instituciones públicas y privadas, entre los que se destacan, en el periodo de 2010 a 2016 (Grupo de Emprendimiento Cultural, 2016):

  • Formación: Emprende Cultura (2014-2016)
  • Financiación: Proyecto cobertura de garantías Fondo Nacional de Garantías FNG (2014-2016)
  • Circulación: Mercado de Industrias Culturales del Sur – MICSUR (2014-2016)
  • Articulación: Nodos de Emprendimiento Cultural (2016)
  • Investigación: Cuenta Satélite de Cultura Colombia (2012-216)
  • Proyectos Transversales: Mujeres Tejedoras de Vida (2010-2016)

Conclusiones

Es reconocido en todos los documentos Conpes analizados, que si bien se han tenido avances en la materia, aún es incipiente el desarrollo de estas políticas que aunque escritas, no han sido apropiadas por la mayoría de actores afectados, entre ellos la academia, quien debería ser un vector importante para darle vida a estos mandatos y permitir las sinergias necesarias para tornar al país y a los creativos como protagonistas en el desarrollo innovador.

Es deber de los profesionales asociados a estas áreas, informarse acerca de las posibilidades que, desde el estado pueden tener para vincularse en proyectos e iniciativas que de alguna manera afectarán las decisiones sobre el desarrollo de las comunidades y sus entornos, reconociendo que este es un mecanismo que permite validar la necesidad e importancia de estas profesiones, para el desarrollo de cualquier país.

Los casos de éxito impulsados desde las iniciativas gubernamentales, evidencian una baja inserción del sector académico, como uno de los ejes que puede aportar en varios aspectos como la formación, la circulación, la articulación, la investigación y la generación de proyectos transversales, al fomento y fortalecimiento de los emprendimientos e industrias culturales en Colombia.  La institución educativa que mayor presencia tiene hasta el momento en desarrollos asociados a las industrias creativas es el SENA.

En la actualidad, como sucede con la mayoría de las profesiones, los cambios de las dinámicas sociales, económicas, culturales y ambientales, han hecho que la manera de ejercer demande diversos conocimientos aplicables a los nuevos entornos laborales.  Un factor que ahora afecta directamente a las profesiones relacionadas con la creatividad en el territorio colombiano, está dado en el campo político, desde donde se ha promulgado la muy reciente Ley 1834 del 23 de mayo de 2017 por medio de la cual se fomenta la economía creativa, denominada en otros escenarios, “economía naranja”. 

Este acto legislativo histórico, afecta directamente a las profesiones cuyo enfoque este dirigido al diseño, las artes, lo audiovisual, la comunicación, lo cultural, e incluso podría extenderse a cualquier sector en donde exista la innovación.  Es trascendental, no solo porque genera un marco de referencia institucional a nivel país, para las industrias que se valen de la creatividad como herramienta generadora de valor, sino que pone en evidencia el desconocimiento que se tiene de esta y otras políticas, en los ámbitos académicos y profesionales. Cuando los involucrados en estas áreas disciplinares no conocen las leyes que los enmarcan, los amparan y los benefician, se quedan al margen de la posibilidad de posicionarse como sectores emergentes que aportan a los nuevos focos de desarrollo que le interesan a la nación y se distancian del aparato productivo que quiere jalonar la economía desde la innovación, esa que tanto reclaman los contextos locales, nacionales e internacionales.

Es por ello que el siguiente artículo pretende realizar un análisis de las políticas públicas que afectan el ejercicio de las profesiones relacionadas con la creatividad e innovación y que generan protección de derechos de autor, en el territorio colombiano. Para ello, se hará una revisión documental de las leyes, documentos de política económica y social, guías sectoriales y demás documentos que estén relacionados con las profesiones de la creatividad.  También se establecerán algunas definiciones importantes que están incluidas en los documentos oficiales y que a su vez permiten enmarcar algunos conceptos distintivos de estas profesiones que se relacionan con la creatividad y por último se presentarán de manera informativa y muy amplia, las formas cómo se podrían empezar a relacionar estas normativas, en el ejercicio de las carreras relacionadas con la creatividad.

Antecedentes

Aunque las industrias creativas existen desde hace muchas décadas, a nivel mundial es un concepto relativamente reciente y mucho más, lo es para el contexto de Latinoamérica.  Es así como John Howkins (2001) en su libro “The Creative Economy: How People Make Money From Ideas” resalta la relación entre la creatividad y la economía, acuñando así, el termino de economía creativa.

También cabe resaltar la propia definición de industria creativa que hace Howkins en la entrevista realizada por Donna Ghelfi (2001)  “…es una economía en la que las ideas son los principales aportes y los principales resultados. Diría también que es una economía en la que la gente dedica la mayor parte de su tiempo a generar ideas.”

En la misma entrevista, el propio autor prefiere no hacer una diferencia entre los sectores susceptibles de ser enmarcados dentro de las industrias creativas, ya que considera que la creatividad puede aparecer en cualquier sector, aunque se incluyen: la publicidad, la arquitectura, las artes, la artesanía, el diseño, la moda, la edición, la cinematografía y el vídeo, la televisión y la radio, los programas informáticos interactivos de ocio, la música, las artes de interpretación y ejecución, la fotografía, los servicios informáticos, etc. Los anteriores sectores tienen un elevado componente artístico, aunque esto no excluye a los sectores científicos o no relacionados con las artes.

Los grandes aportes de este tipo de industrias se concentran principalmente alrededor de la creación de la cultura y del conocimiento, por medio de la participación de una variedad de profesiones y usos formales e informales del diseño, el arte, el entretenimiento, la educación, las telecomunicaciones, la tecnología y muchas otras nuevas áreas emergentes del conocimiento.

Otro factor que le está dando gran visibilidad a estas industrias creativas, es su demostrada capacidad exponencial para, cada vez más, aportar a la producción del producto interno bruto de las ciudades y las naciones, por ello desde las organizaciones públicas y privadas se le da cada vez más importancia al desarrollo de esta variante de la economía.

Relevancia del estudio

La relevancia inicial de esta revisión es de tipo informativo para estudiantes, docentes y administrativos de la academia y la industria, quienes al estar incluidos en los sectores de los que tratan estas regulaciones, puedan tener un punto de partida para acercarse a las legislaciones, haciendo las aproximaciones necesarias para que lo ya escrito no se quede en el papel y por medio de las acciones, se convierta en el potencializador y medio de visibilización social de estas profesiones.

Por ello, esta información es relevante para aquellos que se identifiquen en alguno de los siguientes casos, cuando:

  • Se trabaja en alguno de los sectores que están mencionados en los documentos de las políticas y se tiene relación con este tipo de economía (creativa)
  • Se trabaja con un intangible llamado generación de ideas, las cuales crean valor de propiedad intelectual (códigos, software, aplicaciones, etc.) u objetos físicos de gran valor unitario (diseños, piezas gráficas y visuales, audiovisuales, etc.)
  • No se obtienen los reconocimientos legales o económicos, aun cuando esta forma de crear hace parte del habitual desarrollo profesional

El artículo también pretende, a través del análisis de ciertos documentos oficiales, permitirle al lector comprender la situación de los creativos como generadores de este tipo de industria particular que está asociada a la generación de valor, ligada a procesos creativos que son susceptibles de ser protegidos por el derecho de autor y que se inclinan a lograr resultados innovadores.

A la vez, se exponen ciertas definiciones de términos que en el ámbito académico generan grandes discusiones teóricas, pero que al estar plasmadas en un escrito gubernamental, podrían empezar a usarse como parámetro de referencia, lo que ayudaría a zanjar grandes discrepancias conceptuales que en ocasiones no permiten llegar a la innovación, en las disciplinas asociadas al diseño, las artes y la comunicación.

Estado del arte

La aprobación de la ley 1834 por medio de la cual se fomenta la economía creativa, aunque de por si es un hito en Colombia, frente a la legislación que ampara a las profesiones relacionadas con el diseño y la creatividad, a su vez está relacionada y se debe comprender junto con otra serie de regulaciones de diferentes instituciones gubernamentales, que han sido publicadas previamente y que ayudan a crear un marco legislativo básico, que todo creativo debería conocer, para poder abordar estos aspectos normativos, apropiándose de ellos para hacer un uso efectivo de los mismos.

La primera alusión sobre la importancia de las carreras relacionadas con la creatividad está en la propia Constitución Política de Colombia (2017), en el capítulo 2 de los derechos sociales, económicos y culturales, en el artículo 70, en donde se establece la importancia del fomento a la una educación técnica y artística entre otras, como un factor para la creación de identidad nacional.  Estos dos ingredientes, técnica y arte, ya fueron anteriormente mencionados como medios para lograr generar ideas y objetos de valor unitario, que pueden llegar a ser protegidos por los derechos de autor y la propiedad intelectual, pero además se alude al fomento de la educación científica que sin estar relacionada con el arte, también es gran fuente generadora de la innovación.

En el artículo 71, también se hace una importante declaración relacionada con el propio desarrollo de las disciplinas relacionadas con la creatividad. “La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres”

El complemento de estos artículos se relaciona con los incentivos para las personas que desarrollen estos aspectos, lo cual implica que, desde la carta magna, ya existe un reconocimiento relacionado con el quehacer de las disciplinas de la creatividad y es por ello que pueden existir las demás regulaciones que se mencionarán en el presente artículo.

Cuando un profesional, en su búsqueda de conocimiento o expresión creativa, logra dar con una idea fuera de serie, la propiedad intelectual le permite protegerse y generar ganancias económicas con la misma.  Al respecto, en 2008 se establece un plan para generar un sistema de propiedad intelectual y competitividad en Colombia, el cual se consiga en el Conpes 3533 (2008)

Este documento tiene como objeto estimular la creación y la producción intelectual, algo que desde la academia, en las profesiones relacionadas con la creatividad, se hace durante todo el recorrido universitario del estudiante, aunque este enfoque también merece ser revisado para actualizarlo frente a las realidades y necesidades de desarrollo de los contextos. 

Lo que es muy importante tener en mente es que, el uso de este conocimiento deberá atender a unos fines económicos, sociales y a las necesidades del país y sus regiones, así como a las posibilidades de insertar sus logros en mercados nacionales e internacionales, lo cuales deben contar con las garantías de protección que debe brindar el Sistema Nacional de Propiedad Intelectual.

La creatividad es una condición innata en los seres humanos y sucede en todos los ámbitos de la vida diaria, así como debe estar presente de manera reiterada en la cotidianidad laboral de un creativo.  Cuando surge una idea extraordinaria y esta tiene la posibilidad de insertarse en una dinámica del mercado, se empieza a hablar en términos de innovación y aunque, al ser una expresión ampliamente usada sin mucho rigor, se desdibuja la trascendencia competitiva que implica ser más innovadores y el término genera algunas confusiones, incluso en los propios creativos.

A nivel mundial ya existen algunos consensos relacionados con las definiciones acerca de la innovación y esto es recogido en el Conpes 3582 (2009), en donde se establece una Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, dando pasos para desambiguar y establecer cuáles son las verdaderas características de la innovación, lo cual en desde el estado colombiano y a nivel mundial, es visto como una fuente de desarrollo y crecimiento económico. 

Una gran conclusión inicial de esta política es que, en Colombia tenemos una baja capacidad de generar y usar el conocimiento, así mismo se plantea como el mayor reto, poder:

“Identificar, producir, difundir, usar e integrar el conocimiento para apoyar la transformación productiva y social del país”.

En este documento se usa la definición del Manual de Oslo (OCDE, 2006) y se define a la innovación como:

“introducción de un nuevo, o significativamente mejorado, producto (bien o servicio), de un proceso, de un nuevo método de comercialización o de un nuevo método organizativo, en las prácticas internas de la empresa, la organización del lugar del trabajo o las relaciones exteriores”

Esta definición resalta que a diferencia de una invención, la introducción en el mercado es lo que realmente distingue a una innovación y por ello, el interés de la política en promover la innovación para modificar la competitividad del país.

Si bien en este documento se identifican seis problemas que no permiten el fortalecimiento de nuestro país, es importante saber que el contexto académico tiene una cuota de responsabilidad en ello, al no generar alianzas fuertes con el estado y el sector empresarial, lo cual ha demostrado grandes beneficios en otros contextos, donde los centros universitarios son grandes generadores de innovación, que posteriormente es trasmitida  a la sociedad, ya sea como avances en el campo productivo o como difusión social del conocimiento.

Teniendo una aproximación consensuada frente a los conceptos de innovación y propiedad intelectual, es importante ponerlos en contexto frente a su aplicación a nivel de creación de industria y particularmente en aquellas relacionadas desde su quehacer con la cultura, por la afinidad que se puede encontrar con el tipo de conocimiento que generan las profesiones asociadas a la creatividad.

Para comprender este marco y su importancia, existe el Conpes 3659 (2010), que regula la Política Nacional para la Promoción de las Industrias Culturales en Colombia, en donde se evidencia la doble importancia de este tipo de industrias, que también cobijan a las industrias creativas, las cuales hoy en día están dentro de las mayores generadoras de innovación, creando altos impactos económicos y a su vez, también aportan a la construcción de capital humano y en algunos casos, de la propia construcción de la identidad, (la cual ya fue mencionada en los artículos 70 y 71 de la Constitución Política Nacional) sin importar si es a nivel local o nacional.

El gobierno nacional tiene gran interés en desarrollar esta política ya que su objetivo central es:

“…aprovechar el potencial competitivo de las industrias culturales, aumentar su participación en la generación del ingreso y el empleo nacionales, y alcanzar elevados niveles de productividad.”

Y solo como preámbulo para llegar a la Ley 1834 que fomenta las industrias creativas, sería importante reflexionar acerca de las ganancias económicas y socioculturales que dejan en Bogotá, eventos como Rock al Parque y los demás eventos al parque (salsa, jazz, hip hop, opera), la Feria Internacional del Libro de Bogotá, el Festival Iberoamericano de Teatro, el Festival de Cine de Bogotá, Expo Artesanías y otros eventos de diversa envergadura, solo por mencionar el contexto de la capital. Al parecer el recorrido cronológico por estas políticas públicas ha sido a la inversa, pero este fue el camino que se escribió para llegar a la Ley 1834 (2017) y los documentos previamente referenciados, aunque son anteriores en el tiempo, constituyen el marco conceptual de la misma y permiten comprender la trascendencia y potencial que puede llegar a tener para los creativos y sus iniciativas de formar industria en este campo.

El objeto de esta ley, como queda expresado en sus dos primeros artículos es:

“…desarrollar, fomentar, incentivar y proteger las industrias creativas… que generan valor en razón de sus bienes y servicios… que comprenden sectores que conjugan creación, producción y comercialización de bienes y servicios basados en contenidos intangibles de carácter cultural y/o aquellas que generan protección en el marco de derechos de autor”

Además, la ley presenta un listado genérico no excluyente de sectores que hacen parte de estas industrias y que aquí se reproducen como una guía, para evidenciar que realmente esta ley está hecha para los creativos:

  • Sectores editoriales
  • Audiovisuales
  • Fonográficos
  • Artes visuales
  • Artes escénicas y espectáculos
  • Turismo y patrimonio cultural material e inmaterial
  • Educación artística y cultural
  • Diseño
  • Publicidad
  • Contenidos multimedia
  • Software de contenido y servicios audiovisuales interactivos
  • Moda
  • Agencias de noticias y servicios de información
  • Educación creativa

Es así como la aprobación de esta ley se convierte en una oportunidad única para que los creativos le aporten de una manera más decidida al progreso económico del país, aprovechen los incentivos, la financiación, la promoción y el fomento que el gobierno debe procurar para que esta iniciativa de desarrollo económico y cultural se convierta en una fuente real de desarrollo.

También es deber de los creativos empezar a tocar las puertas de los organismos gubernamentales, para hacer valer los derechos adquiridos tras la publicación de estas políticas, generando las sinergias necesarias para que su visibilización se establezca mediante la implementación de sus ideas, como motor del desarrollo económico, mediante el valor de la creatividad como fuente de progreso de la nación.

Metodología

Se realizó un mapeo documental enfocado en aquellas políticas públicas colombianas que afectaran directamente el ejercicio de las profesiones relacionadas con la creatividad, entre las que se pudieran enmarcar principalmente aquellas que se relacionan con las carreras que se ofrecen en la Corporación Universitaria Taller Cinco Centro de Diseño: Diseño Gráfico, Diseño de Alta Costura, Diseño de Interiores, Fotografía para Medios, Producción de Televisión y Diseño Textil para la Industria.  Aunque esto no excluye a otras carreras de gran tradición en el campo de la creatividad como el Diseño Industrial, la Publicidad y las carreras relacionadas con la comunicación audiovisual.

En el mapeo se incluyen solo las leyes que están actualmente vigentes y no se tienen en cuenta las anteriores que han sido derogadas o reemplazadas ya que, a nivel jurídico o legal ya no tienen vigencia.

Resultados

El camino hacia la formalización de una política relacionada con la creatividad a nivel de industria ha sido largo y aunque aquí se toma la Constitución Política de Colombia como el gran hito para iniciar el proceso, lo cierto es que esto se viene gestando desde mucho antes, pero se reconocen 26 largos años para dar inicio a las políticas públicas que reconocen la importancia del diseño y la creatividad como un eje importante en la construcción del desarrollo de Colombia.

Ya existe en Colombia una base jurídica que puede ser usada por los profesionales relacionados con el campo de la creatividad, la innovación y la cultura, lo que les permite tener un marco de referencia para generar un relacionamiento con los entes gubernamentales que estarán encargados de brindar las garantías para que la creación y el valor que estas iniciativas generen y se pueda consolidar una rama de la economía relacionada con la creatividad.

También existen algunos casos de éxito desarrollados por el Ministerio de Cultura, encabezado por el Grupo de Emprendimiento Cultural o en proyectos transversales junto con otras instituciones públicas y privadas, entre los que se destacan, en el periodo de 2010 a 2016 (Grupo de Emprendimiento Cultural, 2016):

  • Formación: Emprende Cultura (2014-2016)
  • Financiación: Proyecto cobertura de garantías Fondo Nacional de Garantías FNG (2014-2016)
  • Circulación: Mercado de Industrias Culturales del Sur – MICSUR (2014-2016)
  • Articulación: Nodos de Emprendimiento Cultural (2016)
  • Investigación: Cuenta Satélite de Cultura Colombia (2012-216)
  • Proyectos Transversales: Mujeres Tejedoras de Vida (2010-2016)

Conclusiones

Es reconocido en todos los documentos Conpes analizados, que si bien se han tenido avances en la materia, aún es incipiente el desarrollo de estas políticas que aunque escritas, no han sido apropiadas por la mayoría de actores afectados, entre ellos la academia, quien debería ser un vector importante para darle vida a estos mandatos y permitir las sinergias necesarias para tornar al país y a los creativos como protagonistas en el desarrollo innovador.

Es deber de los profesionales asociados a estas áreas, informarse acerca de las posibilidades que, desde el estado pueden tener para vincularse en proyectos e iniciativas que de alguna manera afectarán las decisiones sobre el desarrollo de las comunidades y sus entornos, reconociendo que este es un mecanismo que permite validar la necesidad e importancia de estas profesiones, para el desarrollo de cualquier país.

Los casos de éxito impulsados desde las iniciativas gubernamentales, evidencian una baja inserción del sector académico, como uno de los ejes que puede aportar en varios aspectos como la formación, la circulación, la articulación, la investigación y la generación de proyectos transversales, al fomento y fortalecimiento de los emprendimientos e industrias culturales en Colombia.  La institución educativa que mayor presencia tiene hasta el momento en desarrollos asociados a las industrias creativas es el SENA.

  • Conpes, 3533. (14 de julio de 2008). Bases de un Plan de Acción para la Adecuación del Sistema de Propiedad Intelectual a la Competitividad y Productividad Nacional 2008-2010. Colombia.Conpes 3582. (29 de abril de 2009). Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Colombia.

    Conpes 3659. (26 de abril de 2010). Política Nacional para la Promoción de las Industrias Culturales en Colombia. Colombia.

    Constitución Política de Colombia. (2017). Obtenido de http://www.constitucioncolombia.com/titulo-2/capitulo-2/articulo-70

    Ghelfi, D. (2001). Organización Mundial de la Propiedad Intelectual OMPI. Obtenido de El motor de la creatividad en la economía creativa: entrevista a John Howkins: http://www.wipo.int/sme/es/documents/cr_interview_howkins.html

    Grupo de Emprendimiento Cultural. (2016). Acciones 2010-2016. Ministerio de Cultura, Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito. Bogotá: Ministerio de Cultura.

    Howkins, J. (2001). The Creative Economy How People Make Money From Ideas. Penguin Books.

    Ley 1834. (23 de mayo de 2017). Por Medio de la Cual se Fomenta la Economía Creativa Ley Naranja. Colombia.

    OCDE. (2006). Manual de Oslo Guía para la Recogida e Interpretación de Datos Sobre Innovación.

    Anexos

    Anexo 1

    Artículo 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional.  La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá́ la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la nación.

    Anexo 2

    Artículo 71. La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá́ estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades.

    Anexo 3.  Diagnóstico sobre los problemas que afectan a la innovación en Colombia.  Conpes 3582

    Los diferentes estudios (DNP y Colciencias (2006), DNP (2007), Colciencias (2008)) señalan que en materia de CTeI, el problema central ha sido la baja capacidad del país para identificar, producir, difundir, usar e integrar conocimiento. Esta problemática está asociada con:

    1. Bajos niveles de innovación de las empresas
    2. Débil institucionalidad en el SNCTeI
    3. Insuficiente recurso humano para la investigación y la innovación
    4. Baja apropiación social de la ciencia y la tecnología
    5. Ausencia de focalización en áreas estratégicas de largo plazo y
    6. Disparidades regionales en capacidades científicas y tecnológicas.

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